sábado, 12 de marzo de 2011

Demanda de Resolución Contrato de Compraventa

TALLER: DEMANDA RESOLUCIÓN CONTRATO DE COMPRAVENTA

Doctor Javier Ramírez:
A continuación, publicamos el taller en relación con la Demanda de Resolución de Contrato de Compraventa, de acuerdo con sus instrucciones.
Para tal efecto, publicamos en su orden, el poder otorgado y posteriormente el texto de la demanda.

Atentamente,

LUZ MARINA JURADO ROBALLO       Cód: 6001011906
NORBERTO MURILLO                        Cód: 6001010880
GUILLERMO TÉLLEZ SEGURA           Cód: 6019512558
Grupo: 360
UNIVERSIDAD LA GRAN COLOMBIA
FACULTAD DE DERECHO
PROCESAL CIVIL
MARZO 12 DE 2011

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Bogotá, D.C., 1 de marzo de 2011


Señor:
JUEZ CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C. –REPARTO-
Ciudad


REF:                          OTORGAMIENTO DE PODER


GUILLERMO TÉLLEZ SEGURA, persona mayor de edad y domiciliado en la ciudad de Bogotá, identificado como aparece al pie de mi correspondiente firma, respetuosamente manifiesto al Señor Juez, que por medio del presente otorgo poder especial, amplio y suficiente, a la Doctora  LUZ MARINA JURADO ROBALLO, identificada civil y profesionalmente como aparece al pie de su firma, para que me represente en el Proceso Ordinario de Mayor Cuantía, Resolución de Contrato de Compraventa, que se adelanta contra el señor NORBERTO MURILLO, y para que ejerza todas las gestiones de ley hasta lograr el cometido.

Mi apoderada está facultada para sustituir, reasumir, enunciar, interponer recursos, aceptar desistimientos, cobrar títulos y en general, todas aquellas facultades que le son otorgadas conforme al Art 70 del C.P.C., necesarias e inherentes a la defensa de mis intereses.

Sírvase Señor Juez, reconocer personería y tener como mi defensora a la Abogada LUZ MARINA JURADO ROBALLO.

Respetuosamente,


GUILLERMO TÉLLEZ SEGURA
C.C. 79.957.905 de Bogotá


Acepto


LUZ MARINA JURADO ROBALLO
C.C. 52.325.563 de Bogotá
T.P. No. 152456 del CSJ




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Bogotá, D.C., 9 de marzo de 2011


Señor:
JUEZ CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ D.C. –REPARTO-
Ciudad


REF:              DEMANDA DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE  COMPRAVENTA
                        DEMANDANTE: GUILLERMO TÉLLEZ SEGURA
                        DEMANDADO: NORBERTO MURILLO


LUZ MARINA JURADO ROBALLO, mayor de edad y vecina de esta ciudad, identificada con la cédula de ciudadanía N° 52.325.563 expedida en Bogotá y portadora de la T.P. No. 152456 del Consejo Superior de la Judicatura, obrando como apoderada del Señor GUILLERMO TÉLLEZ SEGURA, persona mayor de edad y de esta vecindad, identificado con cédula de ciudadanía 79.957.905 de Bogotá, comedidamente manifiesto a usted que mediante el presente escrito interpongo DEMANDA ORDINARIA DE MAYOR CUANTÍA DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE COMPRAVENTA contra el señor NORBERTO MURILLO, mayor de edad, también de esta vecindad, domiciliado en la Transversal 15 No 74-22. Para dar fundamento a la presente demanda pongo en su conocimiento los siguientes.
HECHOS

1. Por Escritura Pública 2218 del 5 de febrero de 2011 de la Notaría Cuarta del Circuito de Bogotá, comparecieron los señores GUILLERMO TÉLLEZ SEGURA y NORBERTO MURILLO, celebraron contrato de compraventa, respecto del inmueble situado en la ciudad de Bogotá, en la carrera 8 Sur No 32-42 Barrio Ciudad Montes, con alinderado como obra en el Certificado de Tradición y Libertad de la matrícula inmobiliaria No. 50C-182249.

2. Las partes acordaron como precio de la negociación la suma de noventa y ocho millones de pesos moneda corriente ($98.000.000), que el promitente comprador se obligó a pagar así: a) La suma de quince millones de pesos moneda corriente ($15.000.000) a la fecha de la firma del contrato de promesa de compraventa, es decir el 5 de febrero de 2011. B) La suma de veinticinco millones de pesos moneda corriente ($25.000.000) para la fecha del 20 de febrero de 2011, suma de la cual recibió mi poderdante sólo la cantidad de dieciocho millones de pesos moneda corriente ($18.000.000) en la fecha pactada, quedando un faltante de siete millones de pesos moneda corriente ($7.000.000). c) La suma de cincuenta y ocho millones de pesos moneda corriente ($58.000.000) para el día 10 de marzo de 2011 a las 11 am en la Notaría Cuarta del Círculo de Bogotá, fecha de suscripción de la respectiva escritura de venta del inmueble.

3. Llegada la fecha del 10 de marzo de 2011, día del pago de los remanentes ($7.000.000 + $58.000.000), el promitente comprador -hoy el demandado-, no cumplió con el pago de tales sumas, ni concurrió a la hora y lugar arriba indicadas, a elevar la respectiva escritura pública. Todo lo contrario sucedió con mi poderdante, quien asistió e hizo elaborar la respectiva Acta de Comparecencia.

4. El bien inmueble objeto de la promesa de compraventa, fue entregado al Promitente Comprador, por parte del Promitente Vendedor el día 10 de febrero de 2011, como consta en el Acta de Entrega anexa a esta demanda, al igual que el inventario realizado sobre el inmueble y firmado por las partes.

PRETENSIONES

PRIMERO: Que se declare resuelto el contrato de promesa de compraventa celebrado el 5 de febrero de 2011 entre el Promitente Vendedor, señor GUILLERMO TÉLLEZ SEGURA y el Promitente Comprador, señor NORBERTO MURILLO por incumplimiento de las obligaciones por parte del señor NORBERTO MURILLO, en cuanto al pago parcial y al pago del remanente, al igual que su no asistencia a la Notaría Cuarta del Circuito de Bogotá, el día 10 de marzo de 2011 para la suscripción de la correspondiente escritura pública de venta.

SEGUNDO: Que se condene al demandado a indemnizar a mi poderdante por los perjuicios causados con sus incumplimientos.

TERCERO: Que se condene al demandado a la restitución del inmueble objeto de la compraventa y de esta demanda, al igual que el pago de los frutos civiles, a partir de la fecha de entrega y recibo del bien objeto de la compraventa.

CUARTO: Que se condene en costas al demandado, Promitente Comprador, señor NORBERTO MURILLO.

PRUEBAS

DOCUMENTALES
1. Copia de la Escritura Pública No. 2218 del 5 de febrero de 2011 de la Notaria Cuarta del Circulo de Bogotá.
2. Certificado de Tradición y Libertad del inmueble con matrícula inmobiliaria No. 50C-182249
3. Copia de la Escritura Pública de Compraventa No. 246 del 8 de octubre de 1983 de la Notaría Sexta del Círculo de Bogotá
4. Acta de Comparecencia elevada el día 10 de marzo de 2011 por la Notaría Cuarta del Círculo de Bogotá por mi poderdante.
5. Copia del Acta de Entrega del Inmueble, de fecha 10 de febrero de 2011 y copia del respectivo inventario suscrito por los promitentes.

TESTIMONIALES
Solicito al señor Juez fijar hora y fecha para que previo el decreto, se recepcionen los testimonios de las siguientes personas.
a-    Victoria Estrada, mayor de edad, identificada con C.C. 51.222.245 de Bogotá, domiciliada en la Calle 10 No 10-15 en Bogotá.
b-    Wilson Andrés Peña Olarte, mayor de edad, identificado con C.C. 70.215.225 de Bogotá, domiciliado en la Transversal 45 No 111-09 de Bogotá.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Fundamento la presente demanda en lo dispuesto por los artículos 75 y ss., 396 y ss. del Código de Procedimiento Civil, Art. 1546 del Código civil y demás normas concordantes.

PROCESO COMPETENCIA Y CUANTÍA

El trámite es el establecido en el libro III, título XXI, del Código de Procedimiento Civil.
Por la naturaleza del asunto, por el lugar de ubicación del inmueble, por la cuantía la cual estimo superior a los noventa y ocho millones de pesos moneda legal ($98.000.000) y, por el domicilio de los demandados, es usted competente, señor juez, para conocer de este proceso.

ANEXOS

Con la presente demanda, anexo los documentos mencionados en el acápite de pruebas documentales, y los siguientes:
1.    Poder a mi favor, debidamente autenticado.
2.    Copia de la demanda para el archivo del juzgado
3.    Copia de la demanda para el traslado al demandado


NOTIFICACIONES

Mi poderdante en la Carrera 18 No 7A-30 Bloque Tres, Vivienda Ciento Doce (112) de Bogotá
El demandado en la Transversal 15 No 74-22 de esta ciudad.
La suscrita, en la Avenida 19 No 5-18 Edificio Barichara Oficina 2004, en  Bogotá.


Cordialmente,


LUZ MARINA JURADO ROBALLO
C.C. 52.325.563 de Bogotá
T.P. No. 152456 del CSJ

12 comentarios:

  1. Muchas gracias me sirvio mucho como modelo de un trabajo de demanda que tenia para clase de procesal civil especial

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  2. A mi tambien me sirvio muchisimo. Mil Gracias

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  3. A mi tambien me sirvio muchisimo. Mil Gracias

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  4. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  5. bueno y como se solicita la resolución de un contrato si la parte a demandar es una persona jurídica, que fue liquidada, ya no cuenta con un liquidador, no tiene personería jurídica ni de representación, si uno de los requisitos de la demanda es poder demandar a una persona que se encuentre viva jurídicamente.

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  6. muchas gracias muy buena la minuta

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  7. Hola por favor necesito un formato chileno de demanda ordinaria de resolución de contrato entre A y B.

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  8. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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